Canarias, a 12 de enero de 2018. El portavoz del Grupo Parlamentario Nacionalista José Miguel Ruano ha afirmado esta mañana que la Constitución española ya prevé, en su artículo 161.2, “los mecanismos suficientes para suspender las posibles disposiciones inconstitucionales del Parlament catalán”, en referencia a la posibilidad de que se permita la investidura telemática de Carles Puigdemont como presidente de la Generalitat.
Dicho artículo recoge literalmente que “El Gobierno podrá impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las Comunidades Autónomas. La impugnación producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida, pero el Tribunal, en su caso, deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a cinco meses”.
En base a este artículo, Coalición Canaria defendió en el Senado una enmienda a la aplicación del artículo 155 por la que se suprimía una medida que supeditaba todas las acciones parlamentarias a la autoridad estatal ”al ya estar contemplada esa posibilidad en la Constitución, no cabiendo aplicar una medida extraordinaria para un supuesto que ya está recogido específicamente en la Carta Magna”, explicó.